EMPRESAS
DE SEGURIDAD


Deberá hacer entrega de las facturas (impresas) antes del día 20 de cada mes, para que ingrese en el circuito de liquidación.
El pago se efectuará a partir del día 20 del mes siguiente, exclusivamente por Cheque a la orden de la Razón Social titulada en la factura, en nuestras oficinas.

TRAIGA SU FACTURA

Deberá entregar sus facturas en forma impresa, en el horario de atención al público, por correo, o dejar en el buzón del edificio.

ANTES DEL 20

Deberá entregar la factura ántes del 20 de cada mes, para que ingrese en el circuito de liquidación.

DESPUÉS DEL 20 DEL OTRO MES

Mendonça y Pirán emite los lotes de pago después del día 20 del mes siguiente a entregar su factura.

RECIBA SU PAGO

Recibirá su pago contra entrega de DOCUMENTACIÓN REQUERIDA y recibo oficial. Con Cheque a la orden de la Razón Social titulada en la factura.

DOCUMENTACIÓN
OBLIGATORIA


DOCUMENTACIÓN LEGAL PARA EMISIÓN DEL PAGO

Las empresas deberán cumplimentar con la Ley Nº2744 de Contrato de Trabajo , Cap. 2 Art. 30 brindado al cliente, en este caso a la Administración como representante legal del consorcio, la documentación a continuación detallada:

1) Copia del pago del Sistema Único de Seguridad Social, copia de formulario 931 y su presentación. En caso de encontrarse en un plan de facilidades, deberá presentar detalle de los impuestos y de los meses que incluye el mismo. Adicionalmente mes a mes, presentar el pago de la cuota correspondiente.

2) Copia de póliza de seguro de vida obligatorio.

3) Cláusula de no repetición únicamente del personal afectado al Consorcio.

4) Nómina del personal afectado al edificio durante el mes, junto con la copia de sus recibos de sueldos.

5) Habilitación anual del personal como vigilante frente al GCBA.

6) Habilitación anual de la empresa frente al GCBA.

· Los puntos 1 a 4 deberán ser respecto al mes del servicio a cobrar.
· De no contar con misma se retendrá el pago hasta que cumpla con las condiciones.